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CAP formación continua


El CAP, certificado de aptitud profesional, acreditativo de la correspondiente cualificación inicial es necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E. Una vez obtenido, debe renovarse cada 5 años realizando un curso de 35 horas de duración.
Además de organizar cursos para el público en general, en Autoescuela Valdeorras te damos la opción de realizar un estudio pormenorizado de cada empresa, desarrollando un proyecto de formación personalizado y adaptado a las necesidades de cada puesto de trabajo.
El objetivo del curso es adquirir la cualificación técnico profesional necesaria no solo para solventar cualquier tipo de problema o avería que encuentre en el desarrollo de la profesión sino la formación para la toma de decisiones con respecto a las distintas situaciones con las que se encuentre en el desarrollo de la actividad.
Algunos de los contenidos más importantes a tratar son:
  • Conocimiento del Vehículo.
  • Optimización del consumo de carburante.
  • Tipología de los accidentes de trabajo en el sector del transporte.
  • La conducción, una tarea de toma de decisiones.
  • Seguridad activa y pasiva.
  • Las normas de tráfico y seguridad vial.
  • Los grupos de riesgo.
  • Auxilio a los heridos y aplicación de los primeros socorros.
  • Reacción en caso de incendio.

 

¿Cúando tengo que renovar el CAP?
Los cursos de formación continua, para aquellos conductores exentos de la cualificación inicial, se ejecutarán según la disposición transitoria segunda apartados a y b del R.D. 1032/2007 de 20 de Julio:
a) Los conductores de vehículos de las categorías de permiso de conducción D1, D1+E, D y D+E, deben renovar el CAP entre el 10 de septiembre de 2011 y el 10 de septiembre de 2015, de acuerdo con el siguiente calendario:
1. Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 1 ó 2, antes del 10 de septiembre del 2011.
2. Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 3 ó 4, antes del 10 de septiembre del 2012.
3. Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 5 ó 6,  antes del 10 de septiembre del 2013.
4. Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 7 u 8, antes del 10 de septiembre del 2014.
5. Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 9 y 0. antes del 10 de septiembre del 2015.
b) Los conductores de vehículos de las categorías de permiso de conducción C1, C1 + E, C y C + E, deben renovar el CAP entre el 10 de septiembre de 2012 y el 10 de septiembre de 2016, de acuerdo con el siguiente calendario:
1. Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 1 ó 2, antes del 10 de septiembre del 2012.
2. Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 3 ó 4, antes del 10 de septiembre del 2013.
3. Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 5 ó 6, antes del 10 de septiembre del 2014.
4. Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 7 u 8, antes del 10 de septiembre del 2015.
5. Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 9 ó 0, antes del 10 de septiembre del 2016.